martes, 19 de agosto de 2008

EL SISTEMA POLÍTICO COSTARRICENSE Información General

Costa Rica es un país centroamericano que a pesar de su poca extensión territorial y poblacional posee muchas características que claramente lo diferencian del resto de países de la región, se encuentra su sistema democrático altamente institucionalizado desde hace ya varias décadas atrás.
Desde 1948 se pone a prueba este sistema democrático, donde un año más tarde se aprueba la abolición el ejército de ese país a cargo del presidente José Figueres.
Este es para muchos uno de los fundamentos y a la vez diferencias con el resto de países centroamericanos donde la democracia es aún un modelo no consolidado y con algunos rasgos característicos del mismo.

Costa Rica tiene un sistema de gobierno democrático y republicano.
El Presidente (Oscar Arias Sánchez) y dos Vicepresidentes (actualmente sólo ocupa el cargo Laura Chinchilla, tras la renuncia de Kevin Casas) son electos directamente por medio del voto universal y secreto por un período de cuatro años, al igual que en nuestro país.
Pueden ser reelegidos sólo por un período más para el que fueron electos. Sin embargo, el Vicepresidente puede ser candidato a Presidente después de pasar cuatro años fuera de su cargo.

El Poder Legislativo es unicameral, lo ejerce el Congreso de la República. Este órgano está compuesto por 57 diputados electos de manera directa mediante el sufragio universal y secreto, al igual que para los cargos de presidente y vicepresidente.
Se eligen por el sistema de distritos electorales y lista nacional. Los legisladores también juran por un período de cuatro años. En Costa Rica, cada provincia del país constituye un distrito electoral.
El Poder Judicial está compuesto por la Corte Suprema de Justicia, con 22 magistrados elegidos por un período de 8 años en Asamblea Legislativa.


Los partidos tienen la potestad de designar a sus candidatos según lo dispongan sus propios estatutos. En el l Código Electoral se establece que éstos son responsables de velar por elegir como candidatos a puestos de elección popular a personas de reconocida idoneidad.
En Costa Rica no existe una ley específica que regule el funcionamiento de los partidos políticos. Sin embargo, existe una diversidad de normas que regulan su actividad, contenidas en la Constitución Política, el Código Electoral y los reglamentos sobre el pago de los gastos de los partidos políticos del Tribunal Supremo de Elecciones y de la Contraloría General de la República.
Por otro lado, el surgimiento de nuevos partidos políticos se ha hecho un tanto complicado debido al acceso en el financiamiento de los mismos.

Los partidos pequeños dependen, en buena medida, del financiamiento privado ya que enfrentan grandes dificultades a la hora de colocar bonos para financiar su campaña. A nivel cantonal, se intensifica esta problemática ya que la Constitución Política no contempla el aporte estatal para sufragar los gastos de los partidos participantes en las elecciones de alcaldes, regidores y miembros de los concejos de distrito.

Los principales partidos costarricenses son Partido Liberación Nacional (PLN, socialdemócrata), Partido Acción Ciudadana (PAC, centro izquierda), Movimiento Libertario, (ML, derecha), Partido Unidad Social Cristiana (PUSC, derecha).

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